Ejercicios de nóminas resueltos, actualizados a 2015, con las nuevas percepciones no salariales, y con las aportaciones empresariales incluidas en las nóminas.
Enunciados nóminas en PDF
Solución Nómina Pedro
Solución Nómina José Manuel
Solución Nómina Margarita
Solución Nómina Eustaquia
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Cotizaciones 2017
Cotizaciones AT y EP 2017
He modificado algunos archivos porque había errores.
ResponderEliminarhola susana quisiera saber si estas nominas estan basadas en sus correspondientes convenios o son datos inventados
EliminarSon datos inventados, no sabemos en que convenios están incluidos estos trabajadores.
EliminarMuchísimas gracias, ha sido de gran ayuda para mi exámen.
EliminarUn saludo Susana.
muy amable..y haces un trabajo fantástico
ResponderEliminargracias
En la nómina de Petronila creo que está mal el importe de exceso de dietas.
ResponderEliminar¿No debería ser 350 €? Ya que solo tiene factura de 150€.
Gracias, Un saludo
Los importes son correctos.
EliminarHay que diferenciar dentro del apartado de dietas lo que son Gastos de estancia (Hotel) de lo que son gastos de manutención (comer).
En los gastos de estancia, todo importe justificado documentalmente estaría exento. (En nuestro caso 150€)
En cuanto a los gastos de manutención, independientemente de su justificación o no, tienen un tope diario, en nuestro caso 3 días en el extranjero con pernocta, 91.35€x3 serían 274.05€
Luego el total exento asciende a 424.05€
El resto hasta 500€, 75.95€ se incluye en las percepciones salariales.
Un saludo
Puedes ver los conceptos exentos en esta entrada:
Eliminarhttp://folsusana.blogspot.com.es/2014/11/percepciones-no-salariales-2014.html
En las nóminas de Marta y de Eustaquia hay un concepto común, que son los curso de formación; sin embargo , les das un tratamiento distinto.
ResponderEliminarEn el caso de Eustaquia lo consideras como productos en especie ¿por qué?
Otra pregunta: ¿Por qué el importe de los cursos de formación (siendo complementos no salariales) se tienen en cuenta en la base para el cálculo del IRPF y otros conceptos no salariales no forman parte de la base para IRPF?
Un millón de gracias.
En la nómina de Marta consideramos que se lo había pagado la propia trabajadora y la empresa le "devuelve" dicho importe.
EliminarEn el segundo caso consideramos que lo ha impartido o pagado la propia empresa y por ello se considera salario en especie.
En cuanto a por qué se incluyen en la base del IRPF es porque la normativa del IRPF es distinta a la de la seguridad social y no todo lo considerado no salarial se excluye de la base del IRPF.
Muchas gracias por tus nóminas y tus aclaraciones.
EliminarMuchas gracias por todas las nóminas que has subido. Tengo una duda. En la nómina de Eustaquia, por qué sumas el importe del curso (salario en especie) a las deducciones a realizar?
EliminarHola Susana. En la nómina de Margarita, si la empresa ya le prorratea las 2 pagas extra en los pagos de cada mes, ¿Hay que volver a prorratearlas para calcular la Base por contingencias Comunes?
ResponderEliminarEn las bases de cotización SIEMPRE se incluye la prorrata de las pagas extras, independientemente de como se abonen. Aunque en el caso de estar prorrateadas por meses, van a coincidir en cantidad el total devengado con la base de cotización si no hay percepciones no salariales ni horas extra.
Eliminarcomo se calcula la antiguedad
EliminarEste comentario ha sido eliminado por el autor.
Eliminarde margarita
Eliminarcomo se calcula la antiguedad
EliminarSi tiene dos pagas extras al año, en junio y diembre y tengo que calcular la nomina de enero, en el salario bruto no tendria que contar pagas extras prorrogateadas, verdad?
EliminarBuenas, verás es que mirando la nómina de Petronila me ha surgido una duda. La semana que viene me examino de las nóminas, y yo tenía entendido que las gratificaciones por matrimonio eran no salariales. Me gustaría que me resolvieras esa duda que me has surgido. Gracias :)
ResponderEliminarSi, son percepciones no salariales, pero ya no están exentas de cotización a la Seguridad Social y por tanto, se incluyen en la base de cotización.
Eliminarhola Susana, al ver las nóminas me surge la duda de por que en las bases de cotización de la empresa se calcula en ATy EF un 1% sobre la base ¿de donde sale este porcentaje?.
ResponderEliminarGracias
Este porcentaje sale de las tablas de cotización por AT y EP (Accidente de trabajo y enfermedad profesional) que se publican cada año, en nuestro caso cogemos siempre las cotizaciones para trabajos de oficina, que son el 0,65% de AT y el 0.35% de EP, en total nos da el 1% que ponemos en la nómina.
EliminarPor este concepto cotiza únicamente el empresario, y varía en función del riesgo que tenga la actividad que se desarrolle.
Hola Susana, muchas gracias por tu blog, me ha sido de gran utilidad, por favor, si tienes más ejemplos, cuélgalos. Gracias de nuevo.
ResponderEliminarHola Susana: ¿No tienes colgada ninguna nómina con baja del trabajador? Muchas gracias por tu dedicación, nos sirve de mucha ayuda.
ResponderEliminarHola susana:
ResponderEliminar¿Cómo calculas la base sujeta a retención de IRPF? Y otra pregunta: En la nómina de Pedro Ramos ¿por qué pones 1.60% en desempleo, no es siempre 1,55%?.
Muchas gracias, sin tus ejemplos no creo que aprobara el proximo día jejeje.
La primera pregunta ya no hace falta que la contestes (descubrí en que fallaba ;)).Graciass
EliminarLa diferencia en el tipo de cotización por desempleo de los trabajadores depende del tipo de contrato, si es temporal se aplica el 1,60% y si en indefinido el 1,55%.
ResponderEliminarUnsaludo
Muy buenas:
ResponderEliminarPor que en la nomina de eustaquia, en la base de contingencias comunes metes el plus de transporte y en el enlace marta gomez2 cuando le das al ejercicio resuelto de nominas 25/02/09 (el que esta en dias en vez de mes) no mete el plus de transporte en la base de contingencias comunes?? Gracias y 1 saludo
Hola Susana:
EliminarEn cotiza 2015 en el cuadro de Conceptos Incluidos y Excluidos de la base de cotización, el plus de transporte y de distancia cotiza por el importe integro.
En la base sujeta a retencion de IRPF que se pone? No lo tengo claro...
ResponderEliminarEntran todas las percepciones salariales y no salariales a excepción de gastos de locomoción y dietas con los mismos límites que para estar exentos de las bases de cotización.
EliminarHola Susana:
ResponderEliminarAnte todo agradecerte tu blog,es de gran ayuda.
Mi duda es la siguiente; en la nómina de Pedro Ramos, el plus por la ropa de trabajo lo incluyes íntegro en complementos salariales y mi duda es, ¿según la tabla de cotización,estaría exento hasta el 20 % del IPREM? Es decir, hasta 106,50 € no cotizaría pero sí tributaría. En el ejercicio los 50 € han contado para cotizar.
Muchas gracias.
El plus por ropa de trabajo ha dejado de estar exento de cotización.
EliminarAl igual que los demás conceptos referenciados al IPREM
Hola Susana:
ResponderEliminarYa he visto en las tablas de la Seg. Social que cotiza y tributa el importe íntegro del plus por ropa de trabajo.
Muchas gracias igualmente.
De lo que hay en la red eres de lo más fiable.
Sigue poniéndonos ejercicios.
Excelente trabajo Susana! Sin duda muy útil para esta unidad de trabajo
ResponderEliminarHola, muchas gracias por compartir tu trabajo! en la nómina de Pedro Ramos sólo se menciona 1 hora extra en el enunciado, y en cambio en la solución aparecen 7... Un beso :)
ResponderEliminarHola una pregunta. Por ejemplo en la nomina de Marta la antiguedad
ResponderEliminarSacas el 3%de su sueldo base y lo multiplicas por 4 trienios , el resultado no tendrias que dividirlo en 12 meses?
Saludos!
No, porque es un complemento mensual por ese importe.
EliminarHola!!! buenas; estoy resolviendo las nominas y no tengo claro como se halla la prorrata de las pagas extras, que según lo investigado para hallarla es: Salario Base+ anticipo*2 extras dividido por el año. creo k estoy en lo cierto y sino me corriges. ahora bien, la otra pregunta es y sino hay anticipo?? como se halla??? gracias.
ResponderEliminarEn el salario base ya debe de venir la cantidad del anticipo si lo hay. Este se restaría en el apartado de deducciones para calcular el líquido a percibir, puesto que es un dinero que se ha recibido por adelantado.
EliminarLa Base de cotización se calcula sumando al Salario Base, los complementos salariales y la parte no exenta de los no salariales. A esta cantidad le sumamos los importes de las pagas extras anuales divididas entre 12 meses si el salario es mensual.
Buenas noches, Susana.
ResponderEliminarAntes de nada, enhorabuena y mil gracias por publicar esta maravilla.
Quería preguntarte de dónde salen, en la nómina de Marta, la base de contigencias comunes (1818.10) y las horas extras 50.
Gracias!!
Hola Susana!! Gracias por tu blog. Estoy haciendo el caso de Eustaquia. En BCCC, haces un cálculo un tanto extraño de PPPExtra. Otra duda es para la base del IRPF no se resta los gastos de locomoción?
ResponderEliminarSaludos
Ya he cambiado la prorrata, ahora está correcta en el enunciado. En este caso no se restan porque no han sido justificados los gastos de locomoción.
EliminarMe encanta tu blog, gracias por todo lo que estoy aprendiendo.
ResponderEliminarEstoy haciendo la nomina de Eustaquia y me quedado en la gratificación extraordinaria, veo que le añades el plus de transporte pero no entiendo porqué.Contestamé cuando puedas, Gracias
Están todas las nóminas bien entonces???
ResponderEliminarHola Susana. En el supuesto de Marta, de donde sacas las "Contingencias comunes 1.818,20 €" es que por mucho que haga cálculos y demás.. no me acuerdo de donde se saca.
ResponderEliminarprimero en locomoción ha multiplicado 1500km x 0,19 = 285 como te dice el ejercicio que los gastos de locomoción son de 300 € lo restas a 285 y te sale 15 euros
EliminarAhora hallas la prorrata que son 2*(1.380+165,60)/12=257,60
luego la BCCC=salario base+ antigüedad+prorrata pagas extra+locomoción
BCCC=1.380+165,60+257,60+15= 1.818,20 €
BCCP= BCCC+HORAS EXTRA= 1.818,20+40= 1.858,20
La solución de la nómina de Marta tiene un par de errores. En las bases de cotización por horas extras aparece 50 cuando debería aparecer 40 y la base de IRPF tiene 60 cts de € menos de lo que debería tener.
ResponderEliminarUn saludo y muy buen blog.
Corregido, gracias.
EliminarHola Susana,
ResponderEliminarfelicidades y muchas gracias por el blog. Quería comentar algo sobre la nómina de Petronila. En el apartado 4. de las deducciones aparece la cantidad de 120 € en concepto de valor de los productos recibidos en especie. No lo veo en el enunciado ¿a qué te refieres?. ¿puede ser un dato de otra nómina que se ha colado?
Un saludo, buen trabajo que se agradece
Corregido, gracias por darte cuenta.
EliminarSi se había "colado" el dato de la nómina anterior.
Hola Susana,
ResponderEliminarLo primero darte la enhorabuena por tu fantástico trabajo.
Creo que en la nómina de Margarita hay un error con la antigüedad, ya que según el enunciado sólo ha transcurrido un trienio desde que empieza a trabajar. Podrías confirmármelo?
Saludos
En agosto de 2015 cumplió el segundo trienio. Tiene 2.
EliminarPues entonces hay un baile de fechas porque en la solución pone que la nómina es de diciembre de 2014. Gracias por tu respuesta.
EliminarSaludos
creo que fol81 tiene razón puesto que en la respuesta te dice que la nomina es del 1 al 31 de diciembre de 2014. Por todo lo demás estupendo el trabajo que realizas Susana
EliminarFantástico trabajo
ResponderEliminarHola Susana, En el ejercicio de Margarita Jiménez Luque, en la parte de antigüedad, pone que le corresponden 25€ por trienio.
ResponderEliminarEmpieza contrato desde agosto de 2009, y la nómina es de Diciembre de 2014, lo que quiere decir que han pasado 5 años y 4 meses..
Aún así se han contado 50 euros de antigüedad.
¿A que se debe esto?
Muchisimas gracias por tu dedicación!!
porque no aparecen en la bccc de marta la antiguedad ni la asistencia de curso de formacion (que se lo ha pagado ella pero q se lo ha devuelto la empresa no?) ni el centimo por km que si cotiza . gracias
ResponderEliminarSi está sumada la antigüedad, y ls parte no exenta de las percepciones no salariales
ResponderEliminarGracias por apoyar con ejercicios para alculo de nomina
ResponderEliminarNo esta mal pero deja mucho que desear sobre todo que una explicacion con los calculos no estaria de mas ...
ResponderEliminary en gratificaciones extraordinarias podrias poner paga extraordinaria asi no queda confusion ;)
ResponderEliminarHola Susana,una duda, cuando calculas la cotización por parte de la empresa, para calcular las contingencias comunes usas BCCP, ¿no se debe usar BCCC?
ResponderEliminarUn saludo
Hola Susana, antes de nada darte las gracias por tu bolg. Tengo una duda en la nómina de Hermenegildo, no doy en el apartado de las deducciones con la base de contingencias. En este caso el SB. mas la percepciones no salariales más la prorrata de horas extras. Pero no meda igual. Gracias.
ResponderEliminarHola Anónimo, voy a intentar responderte. Supongo que tu duda es la BCCC. Son 34€ de gastos de locomoción y 139,98 de dietas, lo que suma 173,98, que sumado al salario base da los 1138,98.
Eliminar¿Era esta tu duda?
te ha faltado sumar la Prorrata de Pagas Extra que son 241,25 que sale de multiplicar 3 pagar x 965 cada una y dividir x 12
Eliminar¿De dónde salen esos 34€? En el exceso me salen, 28€
EliminarHola ,me gustaria saber por que en algunas nominas aparece incluida la cantidad de la gratificacion extraordinaria en los devengos y en otras no.
ResponderEliminarHola, el concepto "gratificación extraordinaria" aparece cuando se paga la paga extra en ese mes.
EliminarHola Susana, lo primero darte las gracias por tu ayuda. Quisiera pedirte si puedes incluir ejercicios de nóminas para un contrato de fin de semana, o de 1 día u otros típicos de "pillar". Muchas gracias
ResponderEliminarUna pregunta cuando la BCCC exede se pone el máximo y luego para la BCCP se le suman al máximo las horas extras
ResponderEliminarPero para las deducciones que se calculan con la BCCP se pone el máximo o lo que te haya dado la BCCP con las horas extras
Una pregunta cuando la BCCC exede se pone el máximo y luego para la BCCP se le suman al máximo las horas extras
ResponderEliminarPero para las deducciones que se calculan con la BCCP se pone el máximo o lo que te haya dado la BCCP con las horas extras
Hola. Tengo dos ejercicios que necesito resolver para un examen de mañana, por favor alguien me los podría decir?? Os los dejo a continuacion:
ResponderEliminarTeniendo en cuenta los datos en el siguiente supuesto, indicar sobre que importe se le efectuara retencion y a la cuata resaltante de la misma. También señala que importes estaran sujetos a cotizacion y cual sera la cuota devengada por esos conceptos.
A Un trabajador se le envía a Zaragoza para realizar una presentaciòn sobre un nuevo producto a clientes potenciales. Debido a esta actividad el trabajador a debido pernoctar en Zaragoza una noche y, ademas del kilometraje, tienen derecho a percibir 2 dietas completas una pecnoctando y otro sin pecnota (gastos de menutencion). Por estos conceptos de le abona al trabajador las siguientes cantidades: 350€ en concepto de gastos de locomocion (1.200km); 200€ manutencion; 140€ de gastos de estancia que no justifica con factura.
Siguiendo con el mismo supuesto, si el trabajador sufriese un accidente doméstico el dia 3 de febrero y se mantiene hasta el dia 26 de febrero en esa situacion, señala los dias que ha trabajado (activo) y los dias de ILT. Si la base de cotizacion de contigencias comunes del mes anterior ascendio a 1.600€, calcula el importe a que tendra derecho durante esa situacion de ILT.
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ResponderEliminarBuenas tardes Susana,
ResponderEliminarEstamos estudiando Isabel González, Javier Laynez y Patricia Tobajas, las nóminas de su blog.
Tenemos diversas dudas:
- La primera en la nómina que has mandado para casa de Hermenegildo, nos dice que es indefinida y en su nómina corregida pone que el porcentaje de desempleo es del 1,60% ( En clase nos has enseñado que si es indefinido es de 1,55 %) Estaría erróneo lo que hay en su blog.
- La segunda duda es la nómina de Eustaquia, en su nómina corregida pone que tiene valor de los productos recibidos en especie y nosotros nunca hemos realizado una nómina así.
- La tercera duda de Margarita, se supone que tiene un solo trienio, y en su corrección pone que son dos trienios que tiene. Pero si contamos de 2009 hasta 2014 que se realiza la nómina, solo hay un trienio. Y en su blog pone que tiene dos
Nos gustaría que nos resolvieras estas dudas lo antes posibles para poder seguir estudiando.
Un cordial saludo.
A ver,
ResponderEliminarLa nómina de Hermenegildo NO dice que es indefinido, dice que es EVENTUAL. Luego es correcto el tipo por desempleo.
En la de Eustaquia, es cierto que no hemos hecho ejemplos con retribución en especie, ni yo lo he mandado, aunque si expliqué en clase.
En cuanto a los trienios de Margarita, es a 2015, (Arriba del todo pone nóminas actualizadas a 2015), por lo tanto, si tiene 2 trienios.
Espero haber aclarado algo.
Un saludo
Susana
seguro que en la nomina de marta da 3000? ami me sale 1962..
ResponderEliminarHola, creo que la Bccc de Marta Gómez tiene 15€ de más
ResponderEliminarAhh no! Son los gastos de locomoción que exceden de los exentos. Sorry!!!
EliminarHola como calculas la base sujeta retencion del IRPF?. Supongo que lo haras igual en todas pero si no me gustaria que me especificases en la de Petronila. Muchas Gracias
ResponderEliminarHola, en la nómina de petronila que se mete exactamente en la base de IRPF??
ResponderEliminarHOla
ResponderEliminarPodrías hacer un ejemplo con baja de enfermedad comun por ejemplo desde el dia 25/06/18 hasta 31/07/18 gracias y saludos
Laura
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ResponderEliminarEs de gran ayuda, ¡muchas gracias!
ResponderEliminarEstan muy bien, pero las del grupo 8 para arriba están en otra parte o es que no sabes hacerlas...XD?
ResponderEliminarBuenas tardes Susana,
ResponderEliminarEn la nómina de Marta, en el concepto de la asistencia al curso de formación, he leído tu explicación de por qué no se mete ni en la base ni en el IRPF (pq lo paga la trabajadora y luego le devuelven ese dinero). Si no pusiera nada, ¿se podría considerar como Gastos de estudio del trabajador exigidos por su puesto de trabajo? En ese caso, estaría exento de computarse en la base de cotización pero habría que computar el importe íntegro en la base del IRPF. ¿Es correcto? Saludos y gracias por tu blog.
Alto blog sobrina, siga adelante con la idea, interesante idea
ResponderEliminarQuisiera saber como se calcula la remuneracion mensual porfa
ResponderEliminarHola Susana, porqué en la nómina de José Manuel incluyes los gastos de locomoción sin justificar en la cotización?
ResponderEliminarEstaría bien algún artículo sobre anticipo de facturas como solución financiera a corto plazo.
ResponderEliminar¿Te refieres a un anticipo de salario?
EliminarHola muchas gracias por estos supuestos porque me están ayudando un montón, tengo una duda en la nómina de petronila, en las dietas....no entiendo que queda exento o no....al aportar la factura de 150 euros me pierdo .
ResponderEliminarY podrías añadir una nómina con baja temporal? Porque no encuentro ninguna página mejor que está y es lo único que falta, enhorabuena! Y gracias por la ayuda
Hola
ResponderEliminar¿Cómo has sacad0 el 1560,60 de la remuneración mensual de la nómina de Marta?
Hola, por qué en la nómina de pretronila no se incluye la gratificación por matrimonio en la base de cotización? Cotiza el importe íntegro yo tenía entendido.....gracias
ResponderEliminarhola buenas, en la nómina de Marta por qué el complemento de antigüedad es 165,60, 3% del SB por trienio, ¿ cómo se ha hallado?
ResponderEliminarsi, este está raro a mi me sale 123.9
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